21 noviembre, 2014
Reserva de Derechos
Fuente: Anexo 13 – AOM
- Atento lo previsto en el último párrafo del artículo 1.2, METROVÍAS manifiesta que la suscripción del presente Acuerdo de Operación y Mantenimiento del cual este anexo forma parte integrante del mismo, no implica la renuncia o reconocimiento alguno a favor del Estado Nacional, en relación a los derechos adquiridos por METROVÍAS a la luz del Contrato de Concesión y su Addenda modificatoria, oportunamente suscriptos por METROVÍAS con el Estado Nacional y aprobados por los Decretos del P.E.N. N° 2608/93 y N° 393/99, y demás marco normativo de la referida Concesión; y en particular: (i) un reconocimiento o renuncia a favor de SBASE y/o la CABA, respecto a los reclamos económicos pendientes correspondientes al año 2012; (ii) en lo relativo al plazo de la Concesión que le fuera otorgado por el Estado Nacional, su vigencia o extinción, ello teniendo en cuenta que conforme a lo previsto en el Contrato de Concesión y su Addenda modificatoria, el mismo se extiende, conforme lo establecido en el 3o de la Addenda hasta el 31 de diciembre del año 2017.
- SBASE rechaza en todos sus términos expresamente la reserva de Metrovias S.A. con relación a la CABA y/o SBASE.
- Asimismo SBASE declara que la CABA y/o SBASE se reservan los derechos de accionar por los conceptos previstos en la ley 4485 y la ley 4472 (en particular por los resultados que surjan de los procesos de inventario y Auditoría allí establecidos).