31 octubre, 2014
Información Básica Mensual de Operación
Fuente: Anexo 16 AOM
Informacion Basica Mensual de Operacion (ODT)
Informacion Basica Mensual de Operacion (PDF)
El OPERADOR, entregará mensualmente a SBASE una planilla de operación de trenes (IBDO), con apertura diaria, conteniendo la información que se detalla a continuación:
- Fecha
- Tipo de día (hábil, sábado, domingo o feriado).
- Número de orden de salidas de la Terminal cabecera y de la Terminal opuesta.
- Número de formación.
- Hora de salida de trenes de ambas terminales (programado).
- Hora real de salida.
- Intervalos especificados en el Programa Diario de Operación del Servicio entre salidas de trenes (Programados).
- Intervalos entre salidas de trenes (Realizados).
- Diferencias en más (en minutos) de los intervalos de salida respecto de los programados (Realizados).
- Kilómetros recorridos por viaje.
- Régimen de paradas (completo o comercial con parada en todas las estaciones; Incompleto o no comercial si no se detuvo al menos en una estación).
- Cantidad de coches despachados en el día, por hora (tanto hora valle como hora pico) y desde ambas cabeceras.
- Cantidad de viajes completos de trenes realizados dentro del horario de servicio del día, por hora (tanto Hora valle como hora pico) y desde ambas cabeceras.
- Causas de demora por fuerza mayor. Detalle.
- Incidencias ordenadas por tipología.
- % de Disponibilidad de equipos de estaciones y túnel (desglosados: escaleras mecánicas, ascensores).
La información definitiva, la periodicidad y forma en que se entregará esta información, se resolverá dentro de los diez (10) días de iniciada la operación y de común acuerdo, luego de analizar los medios y las salidas de información del CCO.
En casos de accidentes, siniestros o interrupciones del servicio o cualquier acontecimiento que afectara tanto al servicio como al público usuario, deberán ser comunicado en forma inmediata a SBASE, independientemente de su posterior ampliación documentaría.
Dentro de los diez (10) días de iniciada la operación, El OPERADOR y SBASE acordarán los medios para suministrar al personal que SBASE designe, la información detallada en el párrafo anterior.