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31 octubre, 2014

Información Básica Mensual de Operación

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Fuente: Anexo 16 AOM

Informacion Basica Mensual de Operacion (ODT)

Informacion Basica Mensual de Operacion (PDF)

El OPERADOR, entregará mensualmente a SBASE una planilla de operación de trenes (IBDO), con apertura diaria, conteniendo la información que se detalla a continuación:

  1. Fecha
  2. Tipo de día (hábil, sábado, domingo o feriado).
  3. Número de orden de salidas de la Terminal cabecera y de la Terminal opuesta.
  4. Número de formación.
  5. Hora de salida de trenes de ambas terminales (programado).
  6. Hora real de salida.
  7. Intervalos especificados en el Programa Diario de Operación del Servicio entre salidas de trenes (Programados).
  8. Intervalos entre salidas de trenes (Realizados).
  9. Diferencias en más (en minutos) de los intervalos de salida respecto de los programados (Realizados).
  10. Kilómetros recorridos por viaje.
  11. Régimen de paradas (completo o comercial con parada en todas las estaciones; Incompleto o no comercial si no se detuvo al menos en una estación).
  12. Cantidad de coches despachados en el día, por hora (tanto hora valle como hora pico) y desde ambas cabeceras.
  13. Cantidad de viajes completos de trenes realizados dentro del horario de servicio del día, por hora (tanto Hora valle como hora pico) y desde ambas cabeceras.
  14. Causas de demora por fuerza mayor. Detalle.
  15. Incidencias ordenadas por tipología.
  16. % de Disponibilidad de equipos de estaciones y túnel (desglosados: escaleras mecánicas, ascensores).

La información definitiva, la periodicidad y forma en que se entregará esta información, se resolverá dentro de los diez (10) días de iniciada la operación y de común acuerdo, luego de analizar los medios y las salidas de información del CCO.

En casos de accidentes, siniestros o interrupciones del servicio o cualquier acontecimiento que afectara tanto al servicio como al público usuario, deberán ser comunicado en forma inmediata a SBASE, independientemente de su posterior ampliación documentaría.

Dentro de los diez (10) días de iniciada la operación, El OPERADOR y SBASE acordarán los medios para suministrar al personal que SBASE designe, la información detallada en el párrafo anterior.